Nombre y Apellidos | Cargo | Partido |
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D. Juan Ramón Lis Ríos | Presidente | ![]() |
D. Jesús Morales Lleixá | Vicepresidente 1º | ![]() |
Dña. Mercedes Abós Murillo | Vicepresidente 2º | ![]() |
D. Celso Antonio Vallespín Ramón | Vicepresidente 3º | ![]() |
Dña. María Lucía Insa Catalán | Vicepresidente 4º | ![]() |
Las comarcas aragonesas son como pequeños parlamentos, ya que su presidente es elegido de entre los miembros del Consejo Comarcal, que a su vez está formado por alcaldes y concejales de los municipios que conforman la Comarca y que han sido votados directamente por los ciudadanos en las elecciones municipales.
Según el ordenamiento jurídico aragonés, los consejos comarcales de Aragón están formados por un número variable de consejeros que son elegidos en función de la proporción de votos alcanzada por cada partido que al menos haya obtenido un concejal y el 3% de los votos en las elecciones municipales.
Cada partido con representación puede proponer a un candidato a la Presidencia de la Comarca. Así, será elegido presidente el candidato más votado por los consejeros comarcales (se necesita mayoría absoluta en primera votación y mayoría simple en segunda votación. En caso de empate, se procede a una tercera votación, y, si en la misma se produce nuevamente empate, es elegido el candidato de la lista con más consejeros).
También existe la figura de los vicepresidentes, cuyo cometido es sustituir al presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad de éste, pudiendo ejercer las atribuciones que el presidente delegue expresamente. La competencia para su libre nombramiento y su cese corresponde siempre a la Presidencia.
Nota: Se puede ampliar más información sobre legislación en la LEY 13/2002, de 10 de junio, de creación de la Comarca Ribera Baja del Ebro, que fue publicada en el BOA número 70 del 17 de junio de 2002. .
BOA nº70