Nombre y Apellidos | Cargo | Partido |
---|---|---|
José María Sanchez | Portavoz titular | ![]() |
María Rosario Gómez | Portavoz titular | ![]() |
Pablo Blanquet | Portavoz titular | ![]() |
Francisco Juan Abad | Portavoz titular | ![]() |
María Reyes Galindo | Portavoz titular | ![]() |
Las sesiones de Junta de Portavoces tendrán siempre carácter deliberante y no se adoptarán acuerdos ni resoluciones.
La LEY 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, establece en su artículo 113 que cada Comarca debe tener una Junta de Portavoces que estará integrada por los portavoces de todos los grupos políticos y contará con tres funciones principales:
- Acceder a las informaciones que la Presidencia les proporcione y difundirlas entre los miembros de su grupo.
- Encauzar las peticiones de los grupos en relación con su funcionamiento y con su participación en los debates corporativos.
- Consensuar el régimen de los debates en sesiones determinadas.
Nota: Se puede ampliar más información en la LEY 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que fue publicada en el BOA número 45 de 17 de abril de 1999.
BOA nº45